vias alterviaSe han generado mitos en torno a las autodenominadas reparadoras de crédito en Colombia, en parte producto de la mala comprensión de la figura en nuestro país por algunos usuarios de dichos sistemas. Acá le revelamos 5 mitos y cinco verdades sobre dichas compañías reparadoras:


MITOS

Las empresas reparadoras de crédito mejoran reportes negativos en centrales de riesgo (Datacrédito – Cifin)

Si usted se encuentra en mora de pagar sus obligaciones y ha autorizado al banco al que le debe que le hagan reportes a centrales de riesgos (Datacrédito – Cifin) le van a reportar negativamente, y dicho reporte durará hasta el doble del tiempo en que dure en mora. No importa que usted este acogido a este tipo de programas, ya que los pagos no se realizan directamente al acreedor sino a cuentas individuales de ahorro a su nombre y administradas por dichas empresas reparadoras de crédito. Ello significa que usted no estará a paz y salvo sino hasta cuando se realice el pago total de la obligación u obligaciones; a partir de ese momento se empezará a contar el tiempo de caducidad del dato negativo en las centrales de riesgos que es del doble del tiempo en que duró en mora y hasta un máximo de 4 años de sanción.


Las empresas reparadoras de crédito canalizan las llamadas de cobranza.

No hay un sistema legal que les permita a las empresas reparadoras de crédito canalizar llamadas de cobranza, por cuanto usted es y seguirá siendo deudor hasta tanto no se haga el pago de lo adeudado y el acreedor podrá siempre realizar la cobranza a usted.


Los que se acogen a los programas de pago de las empresas reparadoras de crédito no van a ser demandados.

No hay forma legal alguna mediante la cual estas empresas puedan garantizarle al 100% que usted al acogerse a este tipo de programas no va a ser sujeto de demandas o embargos, ya que si usted tiene deudas y ha suscrito títulos valores, con base en dichos títulos la entidad o persona a la cual usted le debe puede legalmente y en cualquier momento realizar demandas y solicitar embargos sobre sus bienes. Lá única forma de estar seguro de esto es que o usted se encuentre al día con todas sus deudas o que haya iniciado un trámite de Insolvencia en el cual si se protege al deudor contra demandas y embargos.


Resuelven todos los problemas de deudas.

Uno de los grandes mitos de este tipo de empresas reparadoras de crédito en Colombia debido a la ausencia de base legal que las soporte es que no pueden resolver todas las deudas, ya que solo pueden ayudar en deudas con bancos exclusivamente y solo para créditos de consumo sin codeudor, que es básicamente libre inversión y tarjeta de crédito, aspecto que las diferencias enormemente de los prestadores de servicios de insolvencia que si cubren todo tipo de deuda y de acreedor.

Por ende las empresas reparadoras de crédito NO PUEDEN AYUDARLE en los siguientes tipos de deudas:

  • Créditos de cualquier clase con codeudor.
  • Créditos de Vehículo o hipotecarios.
  • Créditos con Cooperativas, Fondos de empleados, financieras y demás entidades que no sean Bancos.
  • Créditos de libranza.
  • Créditos con particulares.
  • Deudas por Impuestos o multas de tránsito.
  • Deudas por cánones de arrendamiento vencidos.
  • Deudas por cuota de administración de unidades residenciales.

Lo anterior entonces implica que si bien es cierto pueden ayudarle a solucionar, lo pueden hacer de manera parcial.


Pagar mes a mes con ese sistema es equiparable a pagarle al Banco y este lo permite.

Muchas personas tienen la falsa sensación que si están entregando dinero mensualmente a las empresas reparadoras de crédito, esto se entiende como un abono a las obligaciones y el acreedor banco va a estar informado de dicha circunstancia. Sin embargo es una falsa ilusión, ya que como se había indicado anteriormente, no es posible considerar esto como pago hasta tanto no se haya realizado el pago total de la obligación, algo que solamente se hace al final.


VERDADES

Generan programas de ahorro.

Toda la base de la operación de las empresas reparadoras de crédito se basa en el ahorro de sus clientes, ya que solamente se van a realizar las negociaciones cuando usted haya ahorrado entre un 50% y un 70% del valor adeudado, lo que implica que usted va a entrar en un programa de ahorro programado para tales fines y una vez haya ahorrado esos porcentajes, se va realizar una oferta de pago por parte de la Reparadora, antes no.


Una vez tenga usted un valor ahorrado gestionan el pago con descuento.

Como se había informado en el punto anterior, solamente cuando usted tenga el valor ahorrado, estas entidades van a realizar la propuesta de pago con descuento de un porcentaje que puede ir entre el 30% y el 50% del valor adeudado lo que resultará conveniente para usted porque se ahorraría un dinero que efectivamente fue desembolsado y que usted gastó.


NO se requiere de las empresas reparadoras de crédito para lograr descuentos.

Aún cuando hemos informado que resulta muy conveniente que se puedan lograr descuentos a través de este tipo de empresas reparadoras de crédito, resulta muy importante informar que USTED PUEDE LOGRAR DICHOS DESCUENTOS DE MANERA DIRECTA.

No requiere de entidades o intermediarios que gestionen ahorros para obtener directamente dichos descuentos. Usted por su cuenta y ahorrando de manera individual, puede ir disponiendo de una suma mensual de dinero para que una vez tenga ahorrada una suma equivalente al 50% de lo adeudado por cada deuda, pueda proponer a las entidades financieras a las que le debe el llamado “PAGO TOTAL CON DESCUENTO”, ya que es una práctica común por parte de entidades financieras, que en casos en los que existen créditos de libre inversión o de tarjetas de crédito, sin codeudores ni garantías, se ofrezcan a los clientes deudores descuentos hasta el 50% del capital y 100% de intereses, si se va a pagar en un solo contado lo adeudado y para ellos no se requiere de intermediarios que cobren comisiones, sino simplemente contactar a la entidad y proponerlo directamente.

No obstante lo anterior cabe resaltar que aunque este trámite se puede hacer de manera directa, en algunos casos se recomienda que se haga por intermedio de las empresas reparadoras de crédito, ya que son especialistas y pueden evitarle a usted la gestión.


Usted no puede disponer de su dinero sin que tenga que pagar una comisión.

Una vez inicie los programas de ahorro con las empresas reparadoras de crédito usted queda atado a una permanencia que obliga a que usted deba pagar unas comisiones así no se haya prestado el servicio en realidad que es la negociación de las deudas con descuento y ello hace que si no ve resultados o no le parece efectivo el servicio, no puede reclamar la devolución del dinero completa y solo tendrá un reducido saldo de su ahorro, después de descontar las comisiones y demás gastos del servicio.


Son programas de ahorro a corto plazo.

Esta alternativa de solución solamente se proyecta para casos en los cuales su capacidad de ahorro le permita ingresar planes de ahorro de corto plazo equivalentes a 3 años a lo sumo, por lo que generan “cuotas” de ahorro muy altas en muchos de los casos. En estos casos es recomendable el proceso de insolvencia, ya que este proceso permite periodos de pago estándar de 5 años.

De cualquier forma, sea la alternativa que usted escoja la recomendación es antes de tomar una decisión, revise y estudie a profundidad las opciones y busque la que objetivamente se ajuste a sus necesidades.

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